Una vez más el Gobierno Bolivariano del Presidente Hugo Chávez piensa en el bienestar del pueblo, sobre todo ese pueblo que dio los mejores años de su vida forjando las generaciones futuras, aquellos venezolanos que trabajaron con tesón y que ahora, viviendo sus años dorados en cesantía, necesitan un ingreso digno como recompensa a su esfuerzo laboral.
Es así que el Primer Mandatario Nacional emitió el Decreto Presidencial 7401, del 30 de abril de 2010, que otorga pensión de vejez con salario mínimo mensual a aquellos ciudadanos que, sin haber cumplido las 750 cotizaciones al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en su vida laboralmente activa, quieran ahora optar por este beneficio. Entre los requisitos se estipula la edad de jubilación prevista en la Ley Orgánica del Trabajo; es decir, 55 años para las mujeres y 60 para los hombres, que hayan cotizado al menos una semana al IVSS y que se encuentren cesantes.
El referido decreto excepcional y temporal, que se está aplicando desde el pasado 1º de mayo hasta el venidero 31 de diciembre de 2010, sostiene que si un trabajador cotizó 700 o más semanas pero no alcanzó las 750 reglamentarias, el Estado le abonará los pagos restantes para que pueda hacerse acreedor a este beneficio. Pero si la persona cotizó entre una y 699 semanas puede cancelar, a razón de Bs. 16,97 cada semana, las cotizaciones restantes hasta completar las 750 de ley. La cancelación se puede hacer hasta por cuotas, según acuerde el futuro beneficiario con el IVSS en cualquiera de sus 47 oficinas administrativas en todo el país.
El procedimiento es muy sencillo. El asegurado va hasta una de las sedes del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales con su cédula de identidad y su fotocopia a manera de comprobar los datos filiatorios. Una vez en la dependencia gubernamental, los funcionarios receptores le indicarán el estado de su cuenta y cuántas cotizaciones deberá abonar para completar las 750 de ley. Esto también se puede obtener a través del portal www.ivss.gob.ve o mediante una llamada gratuita al 0-800-SEGURO1 (0-800-7348761). Allí los funcionarios receptores le orientarán para que efectúe el depósito en agencias bancarias autorizadas y le indicarán en cuanto tiempo empezará a disfrutar del beneficio de pensión de vejez con salario mínimo mensual con el correspondiente pago de aguinaldos a finales de año.
Ningún gobierno antes del Presidente Chávez había dado esta oportunidad a los venezolanos. Muchos se quedaban sin su pensión de vejez, así hubieran cotizado más de 700 semanas. Incluso, en la IV Repùblica cuando reclamaban sus derechos en innumerables protestas de calle eran reprimidos por las fuerzas del orden público. Uno de los tantos agresores fue Antonio Ledezma.
Este derecho alcanza a todos los venezolanos que cumplan con los requisitos antes mencionados, y por primera vez a pescadores y campesinos. Se trata, pues, de una nueva demostración de las políticas de inclusión social que lleva a cabo el Ejecutivo Nacional en aras del bienestar del pueblo. Ahora pueden optar por este digno beneficio que les permite recompensar años de esfuerzo en la construcción de la patria.
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